C贸digo de etica | SWEADEN

EL DIRECTORIO DE SWEADEN COMPA脩脥A DE聽SEGUROS Y REASEGUROS S.A.

CONSIDERANDO:

Que es necesario expedir un cuerpo normativo que regule los actos y relaciones聽provenientes de la moral y las obligaciones que de ella devienen en el accionar聽de la Instituci贸n y de sus empleados.

Que es necesario precisar normas que regulen y sancionen la infracci贸n de聽dichos principios ce帽idos con la 茅tica y buen gobierno Institucional.

En uso de las facultades que le otorga la Resoluci贸n JB-2012-2248 de la Junta聽Bancaria publicada en el Registro Oficial No.771, el martes 21 de agosto del聽2012

RESUELVE:

Expedir el presente 篓CODIGO DE ETICA篓

CODIGO DE ETICA

CAPITULO I

DEL CUMPLIMIENTO DE LA LEY Y NORMATIVA VIGENTE

Art铆culo 1.- Cumplir con la Constituci贸n de la Rep煤blica del Ecuador, Ley聽General de Seguros y dem谩s leyes aplicables; y, la normativa expedida por la聽Superintendencia de Bancos y Seguros y la Junta Bancaria; y,

Art铆culo 2.- Cumplir con las disposiciones vigentes sobre obligaciones fiscales,聽relaciones laborales; transparencia de la informaci贸n; defensa de los derechos聽del consumidor; y, responsabilidad ambiental;

CAPITULO II

DE LA ESTRUCTURA DE LA COMPA脩脥A

Art铆culo 3.- SWEADEN CIA. S.A. es una sociedad an贸nima cuyo objeto social聽es la de realizar operaciones de seguros generales y negocios afines a la聽actividad del giro de su negocio, sometida al control y vigilancia de la聽Superintendencia de Bancos y Seguros. Para todos los efectos, en su聽condici贸n de Sociedad An贸nima, se enmarca en el cumplimiento de lo dispuesto聽en la Ley para este tipo de empresas, y la normativa del ente regulador. Su聽domicilio principal es el Distrito Metropolitano de Quito., fue constituida聽mediante Escritura P煤blica celebrada el 04 de septiembre de 2007, ante el聽Notario D茅cimo sexto del Cant贸n Quito, aprobada mediante Resoluci贸n No.聽774 de 13 de septiembre de 2007, emitida por el Superintendente de Bancos y聽Seguros, e inscrita en el Registro Mercantil con fecha 1 de octubre de聽2007.

DEL COMIT脡 DE 脡TICA.-

Art铆culo 4.- En concordancia con la Resoluci贸n JB-2012-2248, publicada en聽Registro Oficial No.771, el martes 21 de agosto del 2012, el Comit茅 de 脡tica聽estar谩 conformado por representantes de los accionistas, administraci贸n y聽empleados. Y en forma previa a ejercer sus funciones deber谩n ser previamente聽calificados por la Superintendencia de Bancos y Seguros. Los miembros del聽comit茅 de 茅tica deber谩n reunir los mismos requisitos y no estar incurso en las聽prohibiciones que se requieren para ser calificado como miembro del directorio.聽Cada parte deber谩 participar con por lo menos un representante. El n煤mero de聽integrantes deber谩 cuidar equidad entre las partes.

Art铆culo 5.- El comit茅 lo presidir谩 el representante del directorio.

Art铆culo 6.- Todos los miembros tienen derecho a voz y voto, sus decisiones se聽adoptar谩n por mayor铆a simple. En caso de empate dirimir谩 el presidente del聽comit茅.

Art铆culo 7.- El funcionario encargado de la administraci贸n de recursos o talento聽humano ser谩 el encargado de la secretar铆a del comit茅.

Art铆culo 8.- El comit茅 se encargar谩 de establecer el contenido del c贸digo de聽茅tica.

DEL PERSONAL SUJETO AL C脫DIGO DE 脡TICA.-

Art铆culo 9.- Se considera como Personal a Gerentes, Administradores,聽Ejecutivos y dem谩s Colaboradores en cualquiera de los niveles jer谩rquicos, de聽direcci贸n o confianza, sea nombrado contratado o designado, que desempe帽e聽actividades o funciones a nombre de la compa帽铆a, independientemente del聽r茅gimen jur铆dico de la empresa en la que preste el servicio y del r茅gimen laboral聽o de contrataci贸n al que se encuentre sujeto.

Art铆culo 10.- Se considera tambi茅n como Personal a los Directores, designados聽por Junta General de Accionistas de la compa帽铆a.

CAPITULO III

DE LOS PRINCIPIOS DEBERES Y PROHIBICIONES 脡TICAS

Art铆culo 11.- Principios 茅ticos.- El Personal act煤a de acuerdo a los siguientes聽principios:

  1. Respeto.- Adecuar su conducta hacia el respeto de la Constituci贸n y las Leyes, garantizando el proceso de toma de decisiones o en el cumplimiento de los procedimientos administrativos, se respeten los聽derechos a la defensa y al debido procedimiento.
  2. Probidad.- Actuar con rectitud, honradez y honestidad, procurando satisfacer el inter茅s general de la compa帽铆a, sus clientes y la sociedad, desechando todo provecho o ventaja personal.
  3. Eficiencia.- Brindar calidad en cada una de las labores a su cargo, buscando el resultado m谩s adecuado y oportuno.
  4. Idoneidad.- Actuar con aptitud t茅cnica, legal y moral en el desempe帽o de su labor. Propende a una formaci贸n s贸lida acorde a la realidad, capacit谩ndose permanentemente para el debido cumplimiento de sus funciones.
  5. Veracidad.- Expresa con autenticidad las relaciones laborales con todos los miembros de la empresa y con terceros.
  6. Lealtad y Obediencia.- Act煤a con fidelidad y solidaridad hacia todos los miembros de la compa帽铆a, cumpliendo las 贸rdenes que le imparta el superior jer谩rquico competente, en la medida que re煤nan las formalidades del caso y tengan por objeto la realizaci贸n de actos de servicio que se vinculen con las funciones a su cargo. Act煤a con reserva y diligencia en el manejo de la informaci贸n que conoce.
  7. Justicia y Equidad.- Tener permanente disposici贸n para el cumplimiento de sus funciones, otorgando a cada uno lo que le es debido, actuando con equidad en sus relaciones con los dem谩s.

Art铆culo 12.- Deberes 茅ticos.- El Personal tiene los siguientes deberes:

  1. Neutralidad.- Actuar con absoluta imparcialidad pol铆tica, econ贸mica o de cualquier otra 铆ndole en el desempe帽o de sus funciones demostrando聽independencia a sus vinculaciones con personas, partidos pol铆ticos o instituciones ajenas.
  2. Transparencia.- Ejecutar los actos de su labor de manera transparente, ello implica que dichos actos son accesibles al conocimiento de la ciudadan铆a a trav茅s de los mecanismos legales.
  3. Discreci贸n.- Guardar reserva respecto de hechos o informaciones de los que tenga conocimiento con motivo o en ocasi贸n del ejercicio de sus funciones y la prestaci贸n de sus servicios, sin perjuicio de los deberes y las responsabilidades que le correspondan en caso de conocer actos ilegales o contrarios al orden p煤blico y las buenas costumbres.
  4. Ejercicio Adecuado del Cargo.- Con motivo o en ocasi贸n del ejercicio de sus funciones el personal no debe adoptar represalia de ning煤n tipo o ejercer coacci贸n alguna contra otros colaboradores u otras personas.
  5. Uso Adecuado de los Bienes de la Compa帽铆a.- Proteger y conservar los bienes de la compa帽铆a asignados para el desempe帽o de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, sin emplear o permitir que otros empleen los bienes de la empresa para fines particulares o prop贸sitos que no sean aquellos para los cuales hubieran sido espec铆ficamente destinados.
  6. Comunidad, Responsabilidad Social y Medio Ambiente.- Procurar realizar una operaci贸n segura, eficiente y responsable con la comunidad y el medio ambiente, sobre la base de un cohesionado trabajo en equipo de trabajadores, contratistas y proveedores. Debe buscar brindar herramientas que permitan la mejor铆a del est谩ndar de vida de los habitantes de la comunidad, y generaci贸n de oportunidad, respetando las diversas culturas existentes especialmente las relacionadas con las etnias originarias.
  7. Responsabilidad.- Desarrollar sus funciones a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto sus funciones. En situaciones extraordinarias se podr谩 realizar aquellas tareas que por su naturaleza o modalidad no sean las habituales.

Art铆culo 13.- Prohibiciones 脡ticas.- El personal est谩 prohibido de:

  1. Mantener Intereses de Conflicto-. Mantener relaciones o participar de situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, econ贸micos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimento de los deberes y labores a su cargo.
  2. Obtener ventajas indebidas.- Obtener o procurar beneficios o ventajas indebidas, para s铆 o para otros, mediante el uso de su cargo, influencia o apariencia de influencia.
  3. Realizar actividades de proselitismo pol铆tico.- Realizar actividades de proselitismo pol铆tico a trav茅s de la utilizaci贸n de sus labores o por medio de la utilizaci贸n de infraestructura, bienes o recursos de la empresa, ya sea a favor o en contra de partidos u organizaciones pol铆ticas o candidatos.
  4. Hacer mal uso de informaci贸n privilegiada.- Participar en transacciones u operaciones financieras utilizando informaci贸n privilegiada de la empresa a la que pertenece o que pudiera tener acceso a ella por su condici贸n o ejercicio del cargo que desempe帽a, ni debe permitir el uso impropio de dicha informaci贸n para el beneficio de alg煤n inter茅s particular.
  5. Presionar, Amenazar y/o Acosar.- Ejercer presiones, amenazas o acoso que puedan afectar la dignidad de la persona o inducir a la realizaci贸n de acciones dolosas.

CAP脥TULO IV

RESPETO A LAS PREFERENCIAS DE LOS GRUPOS DE INTERES

Art铆culo 14.- Actuar debidamente sin buscar beneficios personales dentro del聽cumplimiento de sus funciones, ni participar en transacci贸n alguna en que un聽accionista, funcionario, directivo o administrador o su c贸nyuge o conviviente y聽parientes dentro del segundo grado de consanguinidad o primero de afinidad,聽tengan inter茅s de cualquier naturaleza;

Art铆culo 15.- Dar buen uso de los recursos de la empresa; y, cuidar y proteger聽los activos, software, informaci贸n y herramientas, tangibles e intangibles;

Art铆culo 16.- Cumplir siempre con el trabajo encomendado con responsabilidad聽y profesionalismo:

Art铆culo 17.- Reconocer la dignidad de las personas, respetar su libertad y su聽privacidad;

Art铆culo 18.- Reclutar, promover y compensar a las personas en base a sus 聽m茅ritos;

Art铆culo 19.- Respetar y valorar las identidades y diferencias de las personas.-聽Se proh铆ben actos de hostigamiento y discriminaci贸n basados en la raza, credo,聽sexo, edad, capacidades diferentes, orientaci贸n sexual, color, g茅nero,聽nacionalidad, o cualquier otra raz贸n pol铆tica, ideol贸gica, social y filos贸fica;

Art铆culo 20.- Se proh铆be el acoso verbal (comentarios denigrantes, burlas,聽amenazas o difamaciones, entre otros), f铆sico (contacto innecesario u ofensivo),聽visual (difusi贸n de im谩genes, gestos o mensajes denigrante s u ofensivos), o聽sexual (insinuaciones o requerimiento de favores);

Art铆culo 21.- No laborar bajo los efectos de bebidas alcoh贸licas, ni bajo los聽efectos de sustancias estupefacientes o psicotr贸picas, ni fumar dentro de las聽instalaciones de la entidad;

Art铆culo 22.- Proveer y mantener lugares de trabajo seguros y saludables;

Art铆culo 23.- Queda prohibido todo acto de violencia dentro de la entidad;

Art铆culo 24.- Impedir descargas en las computadoras, de programas o sistemas

ilegales o sin licencia;

Art铆culo 25.- Est谩 prohibido ofrecer bienes o servicios no autorizados por la

entidad; y, sus funcionarios o empleados se encuentran impedidos de asesorar

negocios a empresas competidoras; y,

Art铆culo 26.- La entidad no debe realizar negocios de ninguna clase con

personas que se aparten de las normas 茅ticas y legales mencionadas en este

c贸digo.

CAP脥TULO V

TRANSPARENCIA

Art铆culo 27.- Informar en forma completa y veraz a los usuarios de seguros聽acerca de los productos, servicios y costos de los mismos;

Art铆culo 28.- Difundir informaci贸n contable y financiera fidedigna;

Art铆culo 29.- Resguardar la informaci贸n activa y pasiva de sus clientes, en聽funci贸n de la reserva o sigilo bancario y no utilizarla para beneficio personal o聽de terceros;

Art铆culo 30.- Los directivos, funcionarios y empleados deber谩n abstenerse de聽divulgar informaci贸n confidencial de los distintos grupos de inter茅s; y,

Art铆culo 31.- La publicidad de la entidad deber谩 ser clara, precisa, oportuna,聽razonable, adecuada, validada, veraz y completa, relacionada con los productos聽y servicios ofertados por las empresas de seguros y compa帽铆as de reaseguros,聽conforme a principios de competencia leal y de buena pr谩ctica de negocios,聽preparada con un debido sentido de responsabilidad social y basada en el聽principio de buena fe. Asimismo, debe ser exenta de elementos que pudieran聽inducir a una interpretaci贸n err贸nea de las caracter铆sticas de los productos y聽servicios que ofrece la entidad.

CAP脥TULO VI

DEL LAVADO DE ACTIVOS Y/O FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO Y聽OTROS DELITOS聽DE LAS POL脥TICAS DE CONTROL

Art铆culo 32.- El personal est谩 obligado a cumplir y hacer cumplir las pol铆ticas de聽control que se detallar谩n en el Manual de Lavado de Activos y Financiamiento聽del Terrorismo y Otros Delitos.

Art铆culo 33.- Las pol铆ticas de control deber谩n ser analizadas y aprobadas聽previamente por el Comit茅 de 脡tica.

Art铆culo 34.- Las pol铆ticas deben emplearse en base a lo que demande la聽normativa vigente.

Art铆culo 35.- CONOZCA A SU CLIENTE.- Establecer, mantener, identificar y聽verificar las relaciones comerciales s贸lidas y leg铆timas con los clientes evitando聽operaciones de lavado de dinero y/o financiamiento del terrorismo y otros聽delitos.

Art铆culo 36.- El personal est谩 obligado a recaudar la suficiente informaci贸n para聽la identificaci贸n del cliente con el que se obtendr谩 el perfil 聽peracional.

Art铆culo 37.- CONOZCA SU MERCADO.- Segmentar el mercado por su聽actividad econ贸mica con el fin de conocer y monitorear las caracter铆sticas聽particulares de las industrias en las que nuestros clientes desarrollen su聽actividad econ贸mica o comercial.

Art铆culo 38.- CONOZCA SU EMPLEADO.- Establecer las pol铆ticas y聽procedimientos para la selecci贸n y contrataci贸n de personal.

Art铆culo 39.- El responsable del departamento de Talento Humano ser谩 el聽encargado de la recopilaci贸n de la informaci贸n y documentaci贸n de acuerdo a聽lo que establezca la Unidad de Cumplimiento.

Art铆culo 40.- CONOZCA SU REASEGURADOR.- Establecer, mantener,聽identificar y verificar las relaciones comerciales s贸lidas y leg铆timas con los聽reaseguradores evitando operaciones de lavado de dinero y/o financiamiento聽del terrorismo y otros delitos.

Art铆culo 41.- El responsable del departamento de Reaseguros ser谩 el encargado聽de la recopilaci贸n de la informaci贸n y documentaci贸n de acuerdo a lo que聽establezca la Unidad de Cumplimiento.

Art铆culo 42.- CONOZCA SU PROVEEDOR.- Establecer, mantener, identificar y聽verificar las relaciones comerciales s贸lidas y leg铆timas con los proveedores聽evitando operaciones de lavado de dinero y/o financiamiento del terrorismo y聽otros delitos.

Art铆culo 43.- El responsable del departamento Administrativo ser谩 el encargado聽de la recopilaci贸n de la informaci贸n y documentaci贸n de acuerdo a lo que聽establezca la Unidad de Cumplimiento.

Art铆culo 44.- CONOZCA SU PRESTADOR DE SERVICIOS DE SEGUROS.-聽Establecer, mantener, identificar y verificar las relaciones comerciales s贸lidas y聽leg铆timas con los prestadores de servicios de seguros evitando operaciones de聽lavado de dinero y/o financiamiento del terrorismo y otros delitos.

Art铆culo 45.- El responsable del departamento Comercial ser谩 el encargado de聽la recopilaci贸n de la informaci贸n y documentaci贸n de acuerdo a lo que

establezca la Unidad de Cumplimiento.

Art铆culo 46.- CONOCIMIENTO Y SEGMENTACI脫N DE MERCADO.- Realizar聽un estudio anual con el fin de conocer y monitorear las caracter铆sticas聽particulares de las industrias en las que sus clientes desarrollan sus actividades聽econ贸micas o comerciales.

Art铆culo 47.- La segmentaci贸n del mercado obligar谩 al Oficial de cumplimiento a聽controlar:

  1. Definici贸n y an谩lisis de caracter铆sticas homog茅neas de las industrias y sectores econ贸micos
  2. Segmentaci贸n de los clientes en funci贸n de sus relaciones econ贸micas o financieras con dichas industrias y sectores econ贸micos y;
  3. Determinaci贸n de comportamientos inusuales del cliente frente a los est谩ndares del mercado.

Art铆culo 48.- SOBRE RESERVA Y CONFIDENCIALIDAD DE LA聽INFORMACI脫N.- En concordancia con el art铆culo 11 numeral 6, el Personal聽mantendr谩 con estricta reserva y confidencialidad la informaci贸n de la聽compa帽铆a con todo tema relacionado a la prevenci贸n de lavado de activos,聽financiamiento del terrorismo y otros delitos.

Art铆culo 49.- SOBRE MEDIDAS DE PREVENCI脫N.- Las medidas de聽prevenci贸n cubrir谩n todos los servicios o productos de seguros, sin importar si聽se realicen en efectivo o no, tanto para clientes como para el Personal.

Art铆culo 50.- Es responsabilidad de los ejecutivos comerciales, el verificar el uso聽de la papeler铆a; enti茅ndase formularios, tr铆pticos, etc., actualizados.

Art铆culo 51.- DE LA ACEPTACI脫N DE CLIENTES.- Se proh铆be mantener o聽iniciar relaciones comerciales con personas naturales o jur铆dicas designadas por聽el Estado Ecuatoriano como presuntamente vinculadas con movimientos il铆citos聽de fondos, y en general, con todas aquellas personas o entidades respecto de聽las cuales existan dudas sobre la legitimidad de sus actividades comerciales o聽profesionales.

Art铆culo 52.- DE LA APROBACI脫N DE LA RELACI脫N COMERCIAL.- Toda聽relaci贸n comercial deber谩 contar con la aprobaci贸n del respectivo responsable聽seg煤n los montos establecidos:

Presidente Ejecutivo, montos ilimitados en primas netas.

Direcci贸n T茅cnica, hasta US $100.000 en primas netas.

Gerencia Comercial, hasta $50.000 en primas netas.

Gerencia de Sucursales, hasta US $30.000 en primas netas.

Jefes de Agencia hasta US $10.000 en primas netas.

Jefe de Emisi贸n, hasta US $50.000 en suma asegurada.

Ejecutiva de Fianzas, hasta US $30.000 en suma asegurada.

Art铆culo 53.- La aprobaci贸n se realizar谩 mediante firma del responsable en cada

una de las p贸lizas sin que esta sea digital o sello de la misma.

Art铆culo 54.- Las personas naturales que se consideren pol铆ticamente expuestas聽deber谩n previo a la aceptaci贸n o renovaci贸n contar con la aprobaci贸n de la alta聽gerencia; enti茅ndase como alta gerencia al presidente ejecutivo.

Art铆culo 55.- SOBRE MECANISMOS DE CONTROL Y MONITOREO.- Se聽aplicar谩n los respectivos mecanismos de control a las transacciones聽individuales, operaciones o transacciones cuyas cuant铆as sean iguales o聽superiores a diez mil d贸lares, (US $ 10.000), o su equivalente en otras聽monedas, a las transacciones que siendo individualmente inferiores a diez mil聽d贸lares (US $ 10.000), o su equivalente en otras monedas igualen o superen聽dicho valor, dentro de un mes; y, aquellas que siendo menores a dicho valor, se聽las considere transacciones econ贸micas inusuales e injustificadas, de聽conformidad a los determinado en el Art. 1.36 de la Resoluci贸n JB-2012-2147聽de 26 de abril del 2012.

Art铆culo 56.- Las transacciones m煤ltiples que en su conjunto sean iguales o聽superiores a diez mil d贸lares (US $ 10.000,00), o su equivalente en otras聽monedas, deben ser consideradas como una transacci贸n 煤nica, si son realizadas en beneficio de una determinada persona en el transcurso de un聽mes.

Art铆culo 57.- Las transacciones en efectivo por valores iguales o superiores a US聽$ 10.000,00, est谩n sujetas a indagaciones adicionales o de debida diligencia聽reforzada por parte de las 谩reas respectivas.

Art铆culos 58.- SOBRE CONOCIMIENTO DEL MANUAL INTERNO DE PLA.-聽El personal en ejercicio de sus funciones deber谩 aplicar los procedimientos de聽debida diligencia y cumplir las pol铆ticas, Conozca su Cliente, Conozca su聽Empleado, Conozca su Mercado y Conozca su Reasegurador.

Art铆culo 59.- El Oficial de Cumplimiento velar谩 porque el personal tenga acceso聽permanente al Manual de Control Interno por medio de la Intranet Corporativa,聽con la finalidad de consagrarse en una gu铆a permanente que permita identificar聽e informar sobre se帽ales de alerta y operaciones inusuales.

Art铆culo 60.- El personal tendr谩 el deber de comunicar al Oficial de聽Cumplimiento, los hechos o circunstancias que est茅n catalogados como se帽ales聽de alerta y operaciones inusuales, de acuerdo con el presente Manual, as铆 como聽los hechos o circunstancias que consideren que pueden dar lugar a actividades聽delictivas de los clientes o de empleados de la Compa帽铆a.

Art铆culo 61.- SOBRE DEFINICI脫N Y MONITOREO DE PERFILES DE聽RIESGO.- Permanentemente se realizar谩 un monitoreo a todos los productos y聽clientes, apoyado en desarrollos tecnol贸gicos que le permitan cruzar el listado聽de clientes contra las listas restrictivas, as铆 mismo detectar las operaciones que聽se hubieren salido de los rangos establecidos para las transacciones usuales y聽comportamiento inusual que no sean consistentes con el tipo de actividad聽declarada o con el perfil econ贸mico del cliente.

Art铆culo 62.- El Oficial de Cumplimiento valorar谩 y calificar谩 el riesgo al lavado聽de activos para los clientes de la Compa帽铆a, y lo comunicar谩 al Comit茅 de聽Cumplimiento para su conocimiento y de ser necesario su tratamiento.

Art铆culo 63.- SOBRE PRODUCTOS APROBADOS.- Todo producto que聽involucre operaciones que impliquen un cambio de fondo en los sistemas de聽control para el lavado de activos deber谩 ser especialmente analizado y聽aprobado por la Unidad de Cumplimiento para que se presente la modificaci贸n聽o adendum del Manual al Directorio de la Compa帽铆a, previo conocimiento del聽Comit茅 de 脡tica.

Art铆culo 64.- En concordancia con el art铆culo 62 se hace referencia al an谩lisis e聽identificaci贸n de riesgos asociados a los nuevos productos, as铆 como la identificaci贸n de los riesgos de lavado de activos inherentes al producto聽dise帽ado.

Art铆culo 65.- DE LA CONSERVACI脫N DE DOCUMENTOS.- Se mantendr谩 los聽documentos y registros relacionados con el cumplimiento de las normas sobre聽prevenci贸n al lavado de activos en medios magn茅ticos de f谩cil acceso y聽disponibilidad.

Art铆culo 66.- La documentaci贸n y registros detallados en el art铆culo anterior se聽mantendr谩 y actualizar谩 durante la vigencia de la relaci贸n contractual.

Art铆culo 67.- Se mantendr谩n registros por un per铆odo de 10 a帽os posteriores a聽la fecha de finalizaci贸n de la 煤ltima transacci贸n o relaci贸n contractual.

Art铆culo 68.- Mantener en archivo los reportes de operaciones o transacciones聽econ贸micas inusuales e injustificadas, remitidos por la Unidad de Cumplimiento聽a la Unidad de An谩lisis Financiero.

Art铆culo 69.- El responsable del archivo conservar谩 y organizar谩 en orden聽alfab茅tico y cronol贸gico los formularios de vinculaci贸n o actualizaci贸n de聽clientes vigentes, con el fin de que est茅n a disposici贸n de las autoridades, en聽cualquier momento.

Art铆culo 70.- DE LA ACTUALIZACI脫N DE INFORMACI脫N DE聽PROVEEDORES, ACCIONISTAS Y DIRECTIVOS.- Se implementar谩 en聽forma anual procedimientos de actualizaci贸n de informaci贸n de proveedores,聽accionistas y directivos, a fin de efectuar evaluaciones referentes a actividades聽comerciales, econ贸micas, entorno y desviaciones del perfil operativo del cliente聽y su sector productivo.

Art铆culo 71.- El responsable de llevar a efecto los procedimiento de actualizaci贸n聽de la informaci贸n de proveedores ser谩 el responsable del 谩rea Administrativa.

Art铆culo 72.- El responsable de llevar a efecto los procedimiento de actualizaci贸n聽de la informaci贸n de accionistas y directivos ser谩 el responsable del 谩rea de聽Talento Humano.

Art铆culo 73.- SOBRE MODIFICACI脫N Y ACTUALIZACI脫N DEL MANUAL.-聽La Unidad de Cumplimiento est谩 obligada a mantener actualizado el Manual聽Interno de Prevenci贸n de Lavado de Activos Financiamiento del Terrorismo y聽Otros Delitos, conforme las nuevas disposiciones de las autoridades de control y聽en los casos que amerite.

Art铆culo 74.- Las actualizaci贸n y modificaciones deben ser aprobadas聽previamente por Directorio e informadas al ente de control.

Art铆culo 75.- DEL MANEJO DE CLIENTES POL脥TICAMENTE EXPUESTOS聽(PEPS).-聽Se considera una persona pol铆ticamente expuesta a aquel funcionario p煤blico a聽partir del grado cuarto en la escala de remuneraci贸n mensual unificada del nivel聽jer谩rquico superior del Ministerio de Relaciones Laborales y a sus familiares y聽allegados hasta el segundo grado de consanguineidad y primero de afinidad.

Art铆culo 76.- Al iniciar y/o renovar la relaci贸n comercial con una Persona聽Pol铆ticamente Expuesta (PEP鈥檚), deber谩 contar con la autorizaci贸n de la alta聽gerencia.

Art铆culo 77.- En caso de que un cliente pasara a ser una Persona Pol铆ticamente聽Expuesta (PEP鈥檚), la continuaci贸n de la relaci贸n comercial debe ser sometida a聽la aprobaci贸n de la alta gerencia.

Art铆culo 78.- El Oficial de Cumplimiento ejecutar谩 acciones de monitoreo聽permanente de las operaciones y transacciones, durante el tiempo de聽permanencia de la relaci贸n comercial de una Persona Pol铆ticamente Expuesta聽(PEP鈥檚), a fin de determinar oportunamente transacciones que no se ajusten al聽perfil comercial.

DE LAS SANCIONES

Art铆culo 79.- HACIA LA INSTITUCI脫N.- El incumplimiento a las obligaciones聽determinadas por el ente de control podr谩 ser sancionado con multa de cinco聽mil a veinte mil d贸lares de los Estados Unidos de Am茅rica. Dependiendo de la聽gravedad incurrida.

Art铆culo 80.- La sanci贸n no exime del cumplimiento de la obligaci贸n.

Art铆culo 81.- La reincidencia dar谩 lugar a la suspensi贸n temporal del permiso聽para operar; y, de verificarse nuevamente la comisi贸n de la misma falta dentro聽de los doce meses subsiguientes a la anterior, ser谩 sancionada con la聽cancelaci贸n del certificado de autorizaci贸n de funcionamiento.

Art铆culo 82.- POR FALTA A LA RESERVA Y CONFIDENCIALIDAD.- El聽desacato a esta disposici贸n, obliga al Personal que conozca de ella a ponerla en聽conocimiento del oficial de cumplimiento, qui茅n a su vez, previo an谩lisis,聽comunicar谩 el hecho al comit茅 de cumplimiento, organismo que dar谩 a esta聽informaci贸n el mismo tratamiento que a un reporte de operaci贸n inusual e injustificada, informando si es el caso a la Unidad An谩lisis Financiero UAF, para聽que traslade a la Fiscal铆a General del Estado los responsables que hubieran聽transgredido esta prohibici贸n.

Art铆culo 83.- DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS FUNCIONES DEL COMIT脡聽DE CUMPLIMIENTO.- La falta de cumplimiento de las funciones y聽obligaciones otorgadas al Comit茅 de Cumplimiento descritas en el Manual聽Interno de Prevenci贸n de Lavado de Activos Financiamiento del Terrorismo y聽Otros Delitos, determinar谩 la sanci贸n a los integrantes del comit茅 de acuerdo a聽lo que demande la ley.

Art铆culo 84.- DEL INCUMPLIMIENTO DE LAS FUNCIONES DEL OFICIAL聽DE CUMPLIMIENTO.- El oficial de cumplimiento estar谩 sujeto a las siguientes聽sanciones:

  1. Amonestaci贸n escrita. Habr谩 lugar a amonestaci贸n escrita cuando el oficial de cumplimiento del an谩lisis de su gesti贸n se evidencia negligencia leve en el cumplimiento de sus funciones;
  2. Sanci贸n pecuniaria. Habr谩 lugar a sanci贸n pecuniaria cuando el oficial de cumplimiento:

Del an谩lisis de su gesti贸n se evidencie por segunda ocasi贸n negligencia聽leve en el cumplimiento de sus funciones dentro de un lapso de doce聽(12) meses; o,聽Del an谩lisis de su gesti贸n se evidencia negligencia media grave en el聽cumplimiento de sus funciones dentro de un lapso de (12) doce meses;聽o,

Se le atribuya incumplimiento injustificado en la entrega de la聽informaci贸n requerida por el organismo de control;

c. Suspensi贸n temporal. Habr谩 lugar a suspensi贸n temporal cuando el聽oficial de cumplimiento:

Haya incurrido por segunda ocasi贸n en negligencia media grave y por聽tercera en negligencia leve, dentro de un lapso de doce (12) meses; o,聽Cuando el perfil del oficial de cumplimiento calificado por la聽Superintendencia de Bancos y Seguros se enmarque en la prohibici贸n聽establecida en el art铆culo 43, en el numeral 43.9;

d. Descalificaci贸n. Habr谩 lugar a remoci贸n cuando el oficial de聽cumplimiento:

Del an谩lisis de su gesti贸n se evidencia negligencia grave en el聽cumplimiento de sus funciones; o,聽Ha proporcionado informaci贸n adulterada o falsa; o,聽Haya incurrido por tercera ocasi贸n negligencia media grave y por cuarta聽negligencia leve dentro de un lapso de doce meses; o,聽Cuando el oficial de cumplimiento calificado por la Superintendencia de聽Bancos y Seguros incurra en una de las prohibiciones establecidas en el聽art铆culo 43, con excepci贸n de las contempladas en los numerales 43.4,聽43.8, 43.9 y 43.10. En caso de incurrir en la causal del numeral 43.9 su聽remoci贸n ser谩 temporal hasta que se dicte sentencia.

Art铆culo 85.- HACIA EL INTERIOR DE LA INSTITUCI脫N.- El incumplimiento聽del Personal al Manual de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y聽Otros Delitos, ser谩 considerado una falta grave y se sancionar谩 de acuerdo al聽Reglamento Interno previo conocimiento del Comit茅 de 脡tica.

CAP脥TULO VII

DE LA RENDICI脫N DE CUENTAS:

Art铆culo 86.- Informar sobre el cumplimiento de los objetivos y聽responsabilidades otorgados, tanto de las instancias definidas en el interior de聽la organizaci贸n como de 茅sta hacia a la sociedad;

Art铆culo 87.- Demostrar en sus informes de gesti贸n que sus transacciones han聽sido efectuadas dentro del marco legal y 茅tico; y,

Art铆culo 88.- Elaborar un informe anual que contenga la rendici贸n de cuentas聽sobre la gesti贸n y cumplimiento de las pr谩cticas de buen gobierno corporativo y聽el c贸digo de 茅tica, debiendo ponerlo en conocimiento de la junta general de聽accionistas y al p煤blico en general a trav茅s de la p谩gina web de la compa帽铆a.

Art铆culo 89.- El responsable de la elaboraci贸n del informe de buen gobierno聽corporativo ser谩 la Direcci贸n T茅cnica, el mismo que deber谩 ser conocido por el聽comit茅 de 茅tica previa aprobaci贸n del Directorio para poner en conocimiento de聽la junta general de accionistas y publicado en la p谩gina web de la compa帽铆a.

CAPITULO VIII

INCENTIVOS, SANCIONES Y COMUNICACIONES

Art铆culo 90.- Incentivos

  1. El Comit茅 de 脡tica de la compa帽铆a ejecutar谩 las medidas para promover la cultura de probidad y transparencia, justicia y servicio establecida en el presente C贸digo de 脡tica. Difundir谩 el C贸digo de 脡tica y el C贸digo de Gobierno Corporativo de la Compa帽铆a.
  2. El Comit茅 de Retribuciones establecer谩 los mecanismos e incentivos que permitan una actuaci贸n correcta, transparente y leal del Personal. En ese sentido, dicho 贸rgano est谩 encargado de:

a. Dise帽ar, establecer, aplicar y difundir los incentivos y est铆mulos al聽personal que cumpla con los principios, deberes y obligaciones del聽presente C贸digo as铆 como las prohibiciones del respectivo C贸digo de聽脡tica, Reglamento y dem谩s normativas.

Art铆culo 91.- Sanciones.- El incumplimiento de las disposiciones previstas en el聽presente C贸digo de 脡tica y en el respectivo C贸digo de Gobierno Corporativo de聽la Compa帽铆a ser谩 considerado, seg煤n corresponda, como falta laboral conforme聽al C贸digo de Trabajo y al Reglamento Interno de la compa帽铆a. Como una falta聽administrativa seg煤n se determine que las conductas constituyan acciones聽sancionables conforme a las leyes de la Rep煤blica del Ecuador.

Art铆culo 92.- Comunicaciones.

Obligaci贸n de comunicar o denunciar los actos contrarios al C贸digo:

  1. El Personal, bajo responsabilidad, tiene el deber de comunicar ante el Comit茅 de 脡tica los actos contrarios a lo normado en el presente C贸digo de 脡tica as铆 como del C贸digo de Gobierno Corporativo de la empresa.
  2. Las quejas y denuncias contra el Personal que contravenga el presente C贸digo de 脡tica as铆 como del C贸digo de Gobierno Corporativo, o cualquier otra norma relacionada, podr谩n ser presentadas al Departamento de Relaciones P煤blicas, el mismo que remitir谩 al Comit茅 de 脡tica el que establecer谩 las sanciones respectivas.

CAPITULO IX

PROCEDIMIENTOS

Art铆culo 93.- Procedimiento.- Las sanciones se establecer谩n previo informe del聽Departamento de Auditor铆a Interna de conformidad con lo establecido en el聽Reglamento Interno.

Art铆culo 94.- El Departamento de Auditor铆a Interna est谩 obligado a dar聽conocimiento sobre las sanciones establecidas de acuerdo a lo que demande el聽Reglamento Interno de la compa帽铆a, el mismo que deber谩 poner en聽conocimiento del Comit茅 de 脡tica a trav茅s del Departamento de Relaciones聽P煤blicas.

Art铆culo 95.- Registro de Sanciones.- Las sanciones impuestas al Personal,聽reposar谩n en las carpetas personales.

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS

PRIMERA.- El presente c贸digo de 茅tica entrar谩 en vigencia una vez sea聽aprobado por el Directorio de la compa帽铆a.

SEGUNDA.- El comit茅 de 茅tica ser谩 encargado de desarrollar campa帽as聽educativas sobre los principios y disposiciones contenidas en el presente C贸digo聽y en el respectivo C贸digo de Buen Gobierno.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA.- El Comit茅 de 脡tica verificar谩 el cumplimiento de este c贸digo.

SEGUNDA.- El Comit茅 de 脡tica ser谩 el responsable de analizar cualquier duda聽que provocare este c贸digo.

El presente c贸digo fue aprobado por el Directorio en sesi贸n ordinaria del 30 de聽julio de 2013.

Ab. Galo Mancheno Castro
PRESIDENTE EJECUTIVO

Eco. Galo Mancheno Villacreses
SECRETARIO