Cancelaci贸n Del Seguro | SWEADEN

Cancelaci贸n del seguro

Con respecto a la cancelaci贸n del seguro, en el art. 717 de la Ley General de Seguros, establece que la p贸liza puede ser terminada unilateralmente por el asegurado, para lo cual debe notificar su decisi贸n por escrito, pudiendo utilizar medios electr贸nicos para ello.