Cancelación Del Seguro | SWEADEN

 

Cancelación del Seguro.

Con respecto a la cancelación del seguro, en el art. 717 de la Ley General de Seguros, establece que la póliza puede ser terminada unilateralmente por el asegurado, para lo cual debe notificar su decisión por escrito, pudiendo utilizar medios electrónicos para ello.